lunes, 2 de marzo de 2015

El aborto según algunas religiones.

CATOLICISMO.La Iglesia Católica entiende por aborto la muerte provocada del feto, realizada por cualquier método y en cualquier momento del embarazo desde el instante mismo de la concepción. Así ha sido declarado el 23 de mayo de 1.988 por la Comisión para la Interpretación Auténtica del Código de Derecho Canónico. ISLAMISMO.Primero, hace falta recordar que la vida del feto, a semejanza de la vida humana en general, es sagrada en el Islâm. Pues debe ser protegida en la medida de lo posible. Podemos hacernos una idea de la importancia que se le da al feto considerando el hecho de que la jurisprudencia musulmana autoriza a la mujer embarazada y que teme por la salud de su futuro bebé no ayunar durante el mes de Ramadân (y remplazar los días faltados más tarde)… aunque la práctica del ayuno del mes de Ramadân haga parte de los cinco pilares los más conocidos del Islâm. JUDAÍSMO.Obtener un entendimiento claro de cuándo el aborto está permitido (o incluso es requerido) y cuando está prohibido, requiere una comprensión de ciertos aspectos de la halajá (ley judía), que regulan la situación del feto. La forma más fácil de conceptualizar un feto en halajá es imaginarlo como un verdadero ser humano, pero no del todo .En la mayoría de los casos, el feto es tratado como cualquier otra persona. En general, uno no puede deliberadamente dañar un feto. Y a pesar de que la ley judía responsabiliza a alguien que intencionalmente causa un aborto, las sanciones recaen incluso sobre alguien que golpea a una mujer embarazada sin intención alguna y causa un aborto Esto no quiere decir que todas las autoridades rabínicas consideran al aborto un asesinato. El hecho de que la Torá exige un resarcimiento monetario por causar un aborto es interpretado por algunos rabinos como una indicación de que el aborto no es un crimen capital ORTODOXOS.Siguiendo las Escrituras, la ley canónica Ortodoxa formalmente identifica aborto con asesinato y requiere la excomunión a todos los involucrados:“Aquellos que den drogas que propendan a un aborto y aquellos quienes reciben veneno para matar al feto se someten a la penalidad del asesinato” (Sexto Concilio Ecuménico, canon 91).

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